Ayuda a domicilio

El trabajo. El mantenimiento de la casa. El cuidado de los niños. La atención y asistencia a los padres. Las consultas al médico. Comprar, cocinar, lavar, planchar... y un largo etcétera.
Son tantos los frentes abiertos cuando uno llega a la edad adulta que cualquier ayuda se recibe con los brazos abiertos. Imagínate una ayuda que lo cubre todo, o casi todo. Ahora es posible.
Te regalamos las primeras horas de ayuda a domicilio y ajustamos los precios de las siguientes para que tu día a día sea mucho más fácil.
Porque la vida se vive de otra manera cuando las cosas están en orden.

Servicio solo disponible con Suscripción PRIME

La Ayuda a domicilio incluye tanto el acompañamiento de niños y mayores, como la ayuda en las tareas básicas domésticas del hogar como la limpieza, la cocina o la compra. Y estos servicios los podrán disfrutar todos los beneficiarios del contrato PRIME, es decir: tú, tu pareja, tus hijos –menores de 30 que residan con el titular-, tus padres y tus suegros en sus respectivas viviendas.

Servicios que incluye la ayuda a domicilio

Acompañamiento

Comenzamos con 2 horas al año a elegir entre:

  • Acompañamiento diurno o nocturno, en el domicilio o en el hospital. (Para cuando no podemos estar ahí, pero no podemos dejarlos solos).
  • Acompañamiento a consultas médicas o a recibir tratamientos médicos. (Aunque tu padre insista en que acudirá solo a la operación de cataratas, tú sabes que será mejor acompañarle).
  • Ayuda de personal en domicilio para levantar, acostar, el aseo personal y la ingesta de comidas. (De nuevo, porque no siempre podemos estar a su lado cuando más nos necesita).
  • Tareas básicas del hogar como limpiar, lavar y planchar la ropa, hacer la compra, hacer la comida. (Estas tareas se van acumulando, pero las horas del día no dan más de sí).
  • Acompañamiento de niños al colegio. Para su seguridad y tu tranquilidad.

El resto de las horas adicionales que necesites podrás disfrutarlas con un 10% de descuento sin límite de uso, y un mínimo de horas a contratar por servicio de 3 horas. De este modo, lo pruebas gratis; si te convence, accedes al servicio en condiciones muy favorables.

Desplazamientos gratis

Los desplazamientos al domicilio u hospital siempre serán GRATIS. Esta es una de las condiciones favorables que mencionábamos.

Seguro de responsabilidad civil: por lo que pueda pasar

Todos los servicios que te hemos explicado incluyen un Seguro de Responsabilidad Civil ante incidencias que puedan surgir. Este seguro está pensado para cubrir los daños que, durante la prestación del servicio, puedan ocasionarse.

¿Quién puede usar este servicio?

Tú, tu pareja, tus hijos menores de 30 años, tus padres y tus suegros

¿Cuándo estará disponible este servicio?

Si lo contratas, el servicio estará activo después de 24 horas

Servicio ofrecido por el Grupo Alares, expertos en asistencia personal y familiar y con un fuerte compromiso con la sociedad.

El servicio descrito forma parte del “Servicio tu día a día y Asistente Personal”. Se contrata a través de TARGOBANK dentro de la Cuenta Suscripción Prime y se presta por ALARES HUMAN SERVICES S.A., CIF A82277963, domicilio social en Madrid (28046), Paseo de la Castellana, 126.
En cumplimiento de lo previsto en la normativa fiscal vigente, el servicio “Tu día a día y Asistente personal”, recibido por la Cuenta Suscripción Prime, tendrá la consideración de Rendimiento de Capital Mobiliario en especie para los titulares de la cuenta, sometido a ingreso a cuenta del 19 %, que será practicado por TARGOBANK conforme a la normativa fiscal aplicable. Los rendimientos serán imputados en proporción a los titulares de la cuenta. El ingreso a cuenta practicado no se le repercutirá al cliente, la asume TARGOBANK. El importe de ingreso a cuenta se calculará e imputará según normativa vigente.
La retribución en especie se compondrá del valor de mercado del servicio más el ingreso a cuenta no repercutido. El cliente deberá declarar, en concepto de ingresos íntegros, el valor de los servicios recibidos más el ingreso a cuenta no repercutido en la base imponible del ahorro de su IRPF. Por otro lado, tendrá derecho a la deducción de la retención en su declaración del IRPF.